El pasado 12 de junio la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó con 56 de 84 votos la ratificación de la reforma al artículo 63 de la Constitución de la República que reconoce a los pueblos indígenas como sujetos de derecho. Dicho de esta forma pareciera sólo el final de un proceso más en la agenda legislativa del país, pero no es así, tras este hecho trascendental que marca un antes y un después en la historia reciente del país hay todo un camino recorrido que no siempre fue fácil.
Hay muchos capítulos en la travesía de los pueblos originarios hasta nuestros días, la mayoría marcados por intentos de suprimir la identidad indígena. Uno de los episodios más conocido y violento es el exterminio de 1932 donde alrededor de 30 mil personas indígenas fueron masacradas en un levantamiento generado por el despojo de tierras y la aguda situación de pobreza para indígenas y campesinos.
A partir de 1932 identificarse como indígena resultaba casi como firmar la sentencia de muerte, cualquier indígena que manifestaba su identidad de alguna manera era visto como opositor al régimen y una amenaza a la dictadura militar. Es de esta forma que sus expresiones culturales fueron poco a poco ocultándose; su lengua, vestimentas y ceremonias fueron prohibidas, más nunca pudieron exterminar sus conocimientos, cosmovisión y el deseo por seguir existiendo.
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas adoptada en 2007, expresa en su artículo primero que “los indígenas tienen derecho, como pueblos o como individuos, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y las normas internacionales de derechos humanos”, mientras que el artículo 2 dice que “los pueblos y los individuos indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular la fundada en su origen o identidad indígena”.
Luego de la reforma ratificada en 2014, el artículo 63 de la Constitución de la República de El Salvador reza: “La riqueza artística, histórica y arqueológica del país forma parte del tesoro cultural salvadoreño, el cual queda bajo la salvaguarda del Estado y sujeto a leyes especiales para su conservación. El Salvador reconoce a los pueblos indígenas y adoptará políticas a fin de mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores y espiritualidad”.
Conseguir esta reforma ha significado años de lucha para las organizaciones indígenas en el país, que, aún con las innumerables batallas que han tenido que librar desde 1932 intentando revivir la identidad de su pueblo, nunca perdieron el horizonte hasta conseguir que se reconociera su existencia. Sus luchas, casi siempre ignoradas, nunca desfallecieron:resistieron la dictadura militar, un conflicto armado que agudizó su situación de vulnerabilidad y marginalización y continuaron en la época de la postguerra, en un nuevo país que construyendo su paz y democracia también les excluía.
El reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas era una de las deudas pendientes, que aunque tarde, ha llegado, esto considerando que El Salvador es parte de numerosos tratados internacionales con énfasis en los derechos de los pueblos indígenas, que, como lo señala el artículo 144 de la Constitución, son por lo tanto leyes de la República. Entre estos se encuentran el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos así como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ambos ratificados por El Salvador en 1979), la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ratificado por El Salvador en 1967) y el Convenio 107 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativo a la protección e integración de las poblaciones indígenas y otras poblaciones tribuales y semitribuales en los países independientes (adoptado en 1957).
En agosto de 2012, el entonces Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, James Anaya, visitó El Salvador para revisar la situación de los pueblos indígenas en el país. Las Relatorías Especiales son procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para dar seguimiento a situaciones o temas particulares en los países. El Relator Especial conoció de todos desafíos en materia de garantía de derechos para los pueblos indígenas: educación, salud con respeto a sus costumbres y conocimientos ancestrales, acceso a sus tierra y recursos naturales, desarrollo económico inclusivo, rescate y promoción del idioma, entre otros. Conoció también de los recientes avances por el Estado para salvaguardar la cultura e identidad de los pueblos originarios y la memoria histórica del país, así como de acciones resarcimiento y reparación por los crímenes cometidos en su contra en el pasado.
El Relator Especial instó en esa ocasión al Estado a ratificar la reforma constitucional del artículo 63 y a ratificar el Convenio No. 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, donde El Salvador es uno de los 5 países en Latinoamérica y el Caribe todavía pendientes. El Convenio No. 169 de la OIT es un instrumento internacional vinculante que llama a los Estados parte a proteger los derechos de los pueblos indígenas, tales como: la no discriminación, el reconocimiento de su cultura y sus características específicas, el derecho a la consulta y participación, el derecho a decidir sus propias prioridades para el desarrollo y controlar su propio desarrollo económico, social y cultural. El convenio establece también medidas especiales para proteger las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medioambiente de estos pueblos.
El camino aún es largo, falta mucho por hacer, por reparar. El reconocimiento constitucional es un escaño más donde se abren las oportunidades para nuevas políticas que garanticen la participación plena de los pueblos indígenas en los espacios de toma de decisiones y otros en la sociedad, particularmente en los asuntos que les afecten. En este sentido, la participación de los pueblos indígenas en procesos como la definición de la nueva agenda de desarrollo post 2015 de las Naciones Unidas es crucial e ineludible.
El Salvador tiene una deuda no sólo con su pasado, tiene también una deuda con su presente y su futuro; sólo saldando esta deuda terminaremos de comprender que El Salvador es un país diverso, multiétnico y pluricultural; comprender que los pueblos indígenas, nuestros hermanos y hermanas mayores, no sólo existieron, sino que existen y están ahora más presentes que nunca; y comprender de una vez por todas que ser llamado indio o india nunca ha sido o será motivo de vergüenza o humillación, pero sí de un profundo orgullo.
Fuente: Blog Humanum (Agosto del 2014)

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